DE DONDE VIENE LA POLICIA EN
VENEZUELA?
La
policía, considerada como un cuerpo organizado que está a la disposición
de las autoridades civiles para velar por el orden público así como para
proteger la seguridad personal y los bienes de los integrantes de una
comunidad, no se estableció como tal durante los primeros siglos del período
colonial. Entonces la palabra policía no evocaba la imagen de un cuerpo armado
especializado, similar a los que hoy existen; más bien, respondiendo a su
origen etimológico, del griego politeia, de polis, ciudad, definía la vida
ordenada y regularizada de un centro poblado mediante el cumplimiento por sus
habitantes y transeúntes de las ordenanzas y disposiciones emanadas de las
autoridades correspondientes. Policía era la función, no el órgano. Y esa
función no se limitaba al orden público, sino que comprendía también muchos
otros aspectos: la exactitud de los pesos y medidas; el aseo de calles, plazas
y fachadas; la eliminación de desechos; el libre tránsito por las vías
públicas; la captura de animales realengos; el abastecimiento de los alimentos
y productos esenciales; la fijación de precios en épocas de escasez; la
protección de la salud pública; la designación de los vecinos a quienes les
correspondía matar reses, cuando no había matadero; el aprovisionamiento de
agua potable; el alumbrado público; la organización de fiestas votivas o
cívicas, y otras muchas facetas de la compleja vida comunal, que comprendían
también el arresto de los delincuentes, el mantenimiento de cárceles
seguras y la persecución de actividades ilícitas o inmorales como los juegos de
envite y azar y la prostitución. En el sentido más amplio, la policía
correspondía al Cabildo de ciudades y villas, y competía principalmente a los
alcaldes (quienes tenían facultades de jueces a nivel municipal) y a los
demás miembros del Cabildo. Cuando necesitaban arrestar a algún malhechor
podían hacerlo por sí mismos, o llamar en su auxilio a cualquier vecino o grupo
de vecinos. La vara de los alcaldes era una «vara de justicia», lo cual hacía
de ellos a la vez funcionarios ejecutivos y jueces, en el ámbito
municipal. En las villas donde no había Cabildo y en otras poblaciones, los
tenientes justicias ejercían esas funciones.
De manera
que en la Venezuela de los siglos XVI y XVII y hasta las últimas décadas del
XVIII, en los centros poblados las actividades que más tarde se
encomendaron a la policía estaban entremezcladas con muchas otras que, en su
conjunto, equivalían al buen gobierno de una población. A medida que las
ciudades fueron creciendo y su vecindario aumentó, se nombraron alcaldes de la
Santa Hermandad, alguaciles y alcaldes y cabos de presos, cuyas funciones
específicas fueron las de celar para impedir delitos, arrestar a los
delincuentes y vigilar las cárceles para que no escaparan los allí
detenidos. En la jurisdicción eclesiástica existieron desde el siglo XVII
comisarios y alguaciles del Santo Oficio de la Inquisición en algunas de las
principales poblaciones como Caracas, La Guaira, Valencia, entre otras. Otro
sentido de la palabra «policía» en aquellos tiempos, designaba a la buena
crianza, la educación y cortesía; lo que más tarde se llamó también
urbanidad, voz ésta que, igual que «policía», tenía en su raíz etimológica a la
urbe latina, la ciudad. Se consideraba que los citadinos eran más
educados y tenían mejores costumbres que los rústicos del campo. Por esto, en
reales cédulas y otros documentos de los siglos XVI y XVII se menciona la
conveniencia de «reducir a los indios a policía», es decir, según el concepto
de la época, educados, civilizados, hacer que adoptasen los hábitos de
vida europeos. Una de las actividades que más se asemejaban a las de un
cuerpo de policía fueron las de las patrullas de milicianos blancos o pardos
que se formaban esporádicamente para perseguir esclavos fugitivos. Al
principio se desbandaban una vez terminada su misión, pero a medida que las
cumbes y cimarroneras aumentaron, estas patrullas se convirtieron en
permanentes, sobre todo en poblaciones del llano o de sus zonas colindantes
como San Sebastián de los Reyes, San Carlos, Barinas, Calabozo. El
abigeato, endémico en esos lugares, hizo que a partir de 1772 esas patrullas,
rondas o cuadrillas, pagadas a prorrata por los propios ganaderos, se
multiplicasen e institucionalizasen como una policía montada rural, bajo la
inspección de los jueces de llanos. Estos últimos existían desde la década de
1720. Al comienzo sus funciones consistían, principalmente, en procurar que el
ganado orejón se distribuyese equitativamente entre los dueños de hatos, que éstos
no hicieren matanzas indiscriminadas y que hubiera armonía entre ellos, pero al
aumentar el abigeato realizado por grupos de cuatreros blancos, indios, negros,
mestizos y mulatos, los jueces de llanos tuvieron que asumir una actitud
más represiva. Por la Ordenanza de Llanos del 29 de enero de 1794, se
constituían cuadrillas a caballo de 6 hombres cada una, al mando de un cabo que
debía ser «persona blanca de conocida hombría de bien» y saber leer y escribir.
Además, en las principales poblaciones de la zona había una cárcel
«con calabozos de la mayor fortaleza», cubierta de tejas y vigilada por una
guardia a pie de 4 hombres y un cabo. Esta organización subsistió hasta que la
crisis de la independencia vino a dislocarla, a pesar de que la Sección Legislativa
de Caracas del Congreso Constituyente la reiteró en 1811 con algunas
modificaciones.
En
el ámbito urbano, un paso decisivo hacia el establecimiento de la policía
en su sentido moderno se da cuando el rey Carlos III aprueba en 1778 un
proyecto elaborado en Caracas desde 1775 por el gobernador y capitán
general José Carlos de Agüero de acuerdo con el Cabildo. Se trataba de dividir
a la capital en 4 barrios, en cada uno de los cuales habría un alcalde celador.
Junto con el proyecto se envió a Madrid un plano, en el cual se indicaba la
separación de los barrios, con la siguiente inscripción: «Justicia-ciudad de
Caracas-Vigilancia». Las funciones que los alcaldes celadores tenían asignadas
estaban fundamentalmente relacionadas con el orden público y la policía: hacer
cumplir los bandos de gobierno y los aranceles municipales; evitar los juegos
prohibidos, las amistades escandalosas y las embriagueces; realizar rondas
policiales nocturnas; arrestar delincuentes, para lo cual estaban autorizados a
pedir ayuda a cualquier cuerpo de guardia militar; amonestar a quienes se
hicieran acreedores a ello por su conducta; detener provisionalmente a los
desconocidos sospechosos; apresar y encarcelar a los esclavos fugitivos;
informar al gobierno acerca de las prostitutas que vivan con escándalo;
perseguir y decomisar efectos de contrabando o sospechados de serlo; eliminar o
en todo caso reglamentar los bailes públicos, pero no los particulares de
vecinos honrados. Como insignia, usaban un bastón, y tenían 2 suplentes que
podían sustituirlos en sus ausencias y enfermedades, y que a la vez les servían
de consejeros; eran ya unos funcionarios cuyas prerrogativas y actividades
tenían cierta similitud en las que más tarde iban a tener los jefes
civiles. Pero todavía no disponían de agentes subalternos que estuviesen
directamente bajo sus órdenes.
Siglo XIX
Los
intentos pro-independentistas de fines del siglo XVIII y comienzos del XIX
(conspiración de Gual y España, desembarco de Francisco de Miranda;
conspiración de los mantuanos) motivaron la aparición de una especie de policía
política. Por lo poco que de ella puede saberse, no era un cuerpo organizado,
sino individuos aislados de quienes los sucesivos gobernadores Pedro Carbonell,
Manuel Guevara Vasconcelos, Juan de Casas y Vicente de Emparan y Orbe se
valieron para vigilar y denunciar a quienes conspiraban a favor de la
Independencia. A esos agentes secretos se les llamaba, en el lenguaje de la
época, «disfrazados». Desde ese momento hasta 1830 los 3 conceptos de policía
van a estar presentes; seguirá hablándose de policía con el sentido
originario de organización y desarrollo de las actividades de la vida cotidiana
municipal; los alcaldes celadores de barrio creados en Caracas en 1778, también
ejercerán funciones de policía común, dedicada a la prevención del delito
y a la persecución de los delincuentes; finalmente, existirá la policía
política, secreta, cuyas actividades se expandirán y fortalecerán,
tanto entre los realistas como entre los republicanos, durante la Guerra de la
Independencia. Una de las primeras medidas adoptadas por la Junta de Gobierno
de Caracas constituida a raíz del 19 de abril de 1810 fue la creación de un
cuerpo que se llamó Tribunal de Policía, presidido por Bartolomé Blandín, cuyas
funciones eran, según la disposición que lo establecía, «…entender en los
abastos, pesos, medidas, alumbrado, aumento y conservación de propios y
propagación de la vacuna…» Es decir, actividades de policía, en el primero de
los sentidos de esta palabra, que anteriormente correspondían al Cabildo; como
éste se había convertido (ampliado) en Junta de Gobierno, se descargaba de una
parte de sus atribuciones en el Tribunal de Policía. A fin de llevar a cabo las
funciones de vigilancia y preservación del orden público, tanto en lo
concerniente a los delitos comunes como a las actividades subversivas contra el
régimen apenas instaurado, la Junta de Gobierno creó en su propio seno, el 18
de junio de 1810, un Tribunal de Seguridad Pública constituido por Isidoro
Antonio López Méndez, Rafael González y José Félix Ribas, con Mariano de
la Cova como fiscal y José Tomás Santana como escribano-secretario.
Durante las décadas de 1810 y 1820, diversas autoridades, tanto republicanas
como realistas, dictan e imprimen bandos de buen gobierno y reglamentos de
policía, en los cuales se establecen normas para el buen desenvolvimiento de la
vida cotidiana en campos y ciudades, y a la vez se adoptan medidas de seguridad
pública, tanto para enfrentar al hampa común como para perseguir o neutralizar
a los adversarios políticos. Entre estos documentos se destacan el Bando de
Policía firmado en Caracas el 29 de enero de 1811 por Carlos Cornejo, quien era
entonces escribano-secretario del Tribunal de Policía que desempeñaba funciones
de autoridad municipal. El 11 de noviembre del mismo año, el propio Cornejo
firma en Caracas otro impreso, titulado Reglamento de los zeladores de Policía,
formado para el mejor régimen de esta ciudad por el Ilustre Concejo Municipal y
aprobado por el Supremo Poder Ejecutivo. Estos zeladores (o celadores) tenían
actividades similares a los alcaldes celadores de barrio de 1778, pero ahora
había uno en cada cuadra (o manzana) de la ciudad. La diferencia entre la que
en 1812 empezó a ser llamada policía menor (la que se ocupaba del régimen
municipal) y la alta policía política se refleja durante la Primera República
en textos como la Constitución Provincial de Barcelona de comienzos de 1812,
donde en el artículo relativo a los «abastos y otras incumbencias de la
municipalidad» tales incumbencias son repetidamente mencionadas como policía
menor. Durante el predominio realista en Caracas el gobernador y capitán
general Salvador de Moxó dicta en 1815 un Reglamento general de policía para
las provincias de Venezuela, que difunde a través de varios números de la
Gaceta de Caracas y publica también en un folleto.
Después
de la liberación de Guayana el general Simón Bolívar dicta un decreto el 6 de
octubre de 1817 que restablece la Municipalidad de Angostura, a fin de que
exista «una administración regular de policía municipal». A comienzos del año
siguiente, en la misma ciudad, Juan Vicente Cardoso, gobernador político de
Guayana y presidente de la Municipalidad de Angostura, emite un bando de
gobierno en el cual, como ocurría en ese tipo de documentos, los artículos
relativos a la salvaguarda del orden público y la persecución de malhechores se
alternan con los que tratan sobre cementerios, alumbrados, blasfemias,
limosneros, entre otros asuntos. La diferencia más precisa figura ya en
el decreto expedido por el Libertador en Bogotá el 17 de agosto de 1819,
donde a los gobernadores comandantes generales de cada provincia (militares) se
les encomendaba especialmente la alta policía y a los gobernadores políticos
(civiles) se les conferían, entre otras atribuciones, las de «jueces de primera
instancia y jefes de la baja policía», es decir, de la policía común. Concluida
la guerra y restablecido el orden civil, la Municipalidad de Caracas (como las
otras de Venezuela) dicta regularmente, a comienzos de cada año, bandos de
policía cuyas disposiciones suelen variar muy poco de un año para otro; el de
1824, por ejemplo, titulado Bando de Policía formado por la muy ilustre
Municipalidad de Caracas y suscrito por todos los miembros del cuerpo,
encabezados por Francisco Barrutia, comprende 52 artículos. La ciudad queda
dividida, en 8 cuarteles (barrios) y se precisa que «en cada cuartel
habrá tantos inspectores de policía como cuadras comprenda», sometidos a
las órdenes del comisionado de cada barrio, que era un concejal. Aunque no se
trataba todavía de funcionarios públicos propiamente dichos, ni mucho menos de
policías uniformados que tuviesen como centro de actividades un cuartel o retén
policial, eran ya, de hecho, el germen de la policía municipal en el sentido
actual. Para todo el ámbito de la Gran Colombia y por consiguiente con
vigencia en Venezuela, el Libertador dio en Bogotá el 22 de diciembre de 1827
un decreto que organizaba a la policía ya como un cuerpo orgánico, cuyos
jefes debían cuidar «…de la seguridad pública, de la vida, del honor y de los
bienes de los ciudadanos…» Los principales capítulos del decreto se referían a
la «Policía de seguridad», con 38 artículos, la policía de aseo (4 artículos),
la de ornato (5 artículos) y la de salubridad (8 artículos). Todavía estaban
reunidos esos diversos aspectos, pero la policía de seguridad, o sea la que hoy
entendemos por policía, tenía la primacía. Los jefes de policía usaban ya
uniforme, llevaban bastón y espada, y una cucarda nacional en el sombrero. A
comienzos de 1828, el general José Antonio Páez, en su calidad de jefe
superior civil y militar en Venezuela, dictó un reglamento de policía basado en
los lineamientos del decreto del Libertador, y nombró jefe de ese cuerpo al
general Juan Bautista Arismendi. En comunicaciones enviadas en mayo de aquel
año a Bolívar, Páez le informaba de los resultados obtenidos en la lucha
contra el hampa común y contra bandidos-guerrilleros como Dionisio Cisneros.
Como jefe de la alta policía, o policía política secreta, Arismendi tuvo una
destacada actuación en el decomiso, en octubre de 1828, de unos folletos de
propaganda clandestina antibolivariana introducidos desde Curazao por el
general Francisco Esteban Gómez, quien fue arrestado. Tuvo también el general
Arismendi un importante papel, como jefe policial, en los acontecimientos que a
partir de noviembre de 1829 condujeron al desconocimiento de la autoridad del
Libertador y luego a la separación de Venezuela de la Gran Colombia.
Siglo XX
Una vez
separada Venezuela de la Gran Colombia, el Congreso de Valencia (1830) dicta
una serie de leyes donde se establecen las funciones de los concejos
municipales, haciendo mención entre ellas de la organización de la policía como
cuerpo encargado de la salubridad, orden, ornato y comodidad pública. El primer
esfuerzo para darle coherencia a la organización policial fue la aprobación del
Reglamento interior de Policía, cuyo anteproyecto fue presentado al Ejecutivo
por el comandante general de la policía, general Hipólito Acosta, en 1888.
Paralelamente a la policía uniformada encargada de mantener el orden público y
la paz ciudadana, se va a formar, a la llegada del general Juan Vicente Gómez
al poder (1908), un cuerpo de policía a caballo, La Sagrada, destinado a
mantener el orden político, integrado en su mayoría por andinos, vestidos sin
uniforme, llevando un machete en la cintura y un fusil al hombro y que
popularmente fueron llamados los «lecheros» o «chácharos». La creación de
la Escuela de Aspirantes a Policías, durante el período presidencial del
general Eleazar López Contreras (1936-1941), constituyó un avance dentro de la
organización del cuerpo policial, permitiendo la capacitación de sus agentes,
que hasta 1936, eran en su mayoría analfabetas. Pero va a ser a partir de 1941,
bajo la presidencia del general Isaías Medina Angarita, cuando se comienza a
transformar la policía venezolana. Se inician los cursos de formación de
agentes, se adquieren uniformes, armamentos y vehículos, estableciéndose un
ordenamiento de los aspectos que deben regir las acciones policiales. Sin
embargo, dadas las limitaciones del medio, la policía municipal no logró
cumplir su verdadero papel en la prevención del delito y la asistencia a la
ciudadanía. A raíz del 18 de octubre de 1945, el cuerpo uniformado de la
policía municipal quedó disuelto. En agosto de 1946, el gobierno de la Junta
Revolucionaria creó la Seguridad Nacional, cuerpo investigador y policía
política, con asesoría de la Sûreté Nationale de Francia, cuyo primer director
fue Ramón Cordido Salom. Desde sus orígenes, la Seguridad Nacional fue acusada
de utilizar métodos violentos de represión, incluyendo la tortura. Con el derrocamiento
de Rómulo Gallegos (24.11.1948), se inicia un proceso de reorganización de los
cuerpos policiales. La policía municipal uniformada es reestructurada y su
disciplina es mejorada, pero se va militarizando progresivamente y empieza a
ejercer funciones de carácter político que afectan sus objetivos propios.
La Seguridad Nacional, reorganizada con la asesoría de Scotland Yard (julio
1949), se convierte, bajo la dirección de Jorge Maldonado Parilli (1949-1951) y
sobre todo, bajo la dirección de Pedro Estrada (1951-1958), en el máximo
organismo represivo al servicio del régimen del general Marcos Pérez Jiménez.
Una vez derrocado el gobierno de Pérez Jiménez y disuelta la Seguridad Nacional
(enero 1958), se inicia la reestructuración de la Policía Municipal. En 1961,
llega a Venezuela una misión de Carabineros de Chile para asesorar a la
policía; se dictan leyes y ordenanzas, se inauguran nuevas Escuelas de
Formación de Agentes y de Formación de Oficiales en diferentes regiones del
país. Se crea la policía femenina y las brigadas especiales. Todos estas
medidas han contribuido a que la policía venezolana, que dejó de depender de
los concejos municipales en 1969 y pasó a depender de cada uno de los estados,
haya mejorado su grado de tecnificación, cumpliendo, en la medida de sus
posibilidades, con las funciones de prevención del delito y el resguardo del
orden y la seguridad del ciudadano. Al mismo tiempo, a partir de 1958, se
crearon varios organismos policiales cuyas funciones no eran ya de prevención
sino de investigación, tales como el Cuerpo Técnico de Policía Judicial (PTJ),
adscrito al Ministerio de Justicia, y la Dirección General de Policía
(DIGEPOL), adscrito al Ministerio de Relaciones Interiores; este último,
reemplazado por la Dirección de los Servicios de Inteligencia Policial (DISIP),
durante el gobierno de Rafael Caldera en 1969. Cabe señalar la creación, en las
décadas de 1970 y de 1980, de unas brigadas especiales de carácter
paramilitar, adscritas a la PTJ, a la Disip o a la Guardia Nacional, con
funciones especiales para la prevención del delito. En la década de 1990,
acompañando a los procesos de descentralización administrativa y a la elección
de las nuevas figuras de los alcaldes, se ha retornado a la municipalización de
las policías, comenzando por la ciudad de Caracas. La primera iniciativa se
tomó en el municipio autónomo Sucre del estado Miranda (Petare), donde el
Concejo Municipal, después de una decisión temprana (27.9. 1990) espoleada por
la premura de resolver problemas de orden público, dictó una resolución
modificatoria de la ordenanza de Policía Municipal en la Gaceta Municipal
Extraordinaria núm. 277 del 3 de agosto de 1992 mediante la cual, a la vez que
ratificaba la autonomía para darse su propio cuerpo policial, reglamentó el
funcionamiento de éste como órgano dependiente del alcalde. Le siguió el
municipio Chacao cuyo Concejo Municipal creó el Instituto de Policía Municipal
según Gaceta Municipal Extraordinaria núm. 22 del 15 de marzo de 1993 y lo puso
bajo supervisión directa de su alcalde. De inmediato el municipio Baruta
seguirá la misma orientación, al crear su propio cuerpo policial según
ordenanza publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria núm. 67 del 8
de julio de 1993. Luego vendrá la del municipio Libertador, creada como
Policía Administrativa Municipal según Gaceta núm. 1470-C, del 12 de agosto de
1994 y reglamentada por decreto núm. 73 aparecido en la Gaceta Municipal
Extraordinaria núm. 1522 del 15 de junio de 1995, luego vendría la
constitución del 99, mas adelante la conarepol, luego
la eliminación de la metropolitana y la creación de la
nacional...
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