viernes, 9 de junio de 2017

cambios en la seguridad en venezuela




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGIA
UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD
SERVICIO DE POLICIA
CENTRO DE FORMACIÓN MIRANDA SEDE NUEVA CÚA
AMBIENTE I
PNF LICENCIATURA SERVICIO POLICIAL












Cambios en la seguridad en
Venezuela tomando en cuenta
Leyes y reglamentos





Profesor:                                                                                               Discente:
Oscar Marcano                                                                                    Luis Duran  
                                                                                                             C.I.V-13.903.020






Nueva Cúa, Mayo 2017

 Luego de haber conocido de forma muy amplia de donde surgió la seguridad en Venezuela, quien fue su fundador,  bases legales, leyes y decretos que la rigen, también las diferentes transformaciones que ha sufrido tanto en lo positivo y en lo negativo la institución policial a lo largo de los años desde el 1810 hasta nuestros días.
Luego de hacer un profundo análisis de dónde vemos como surgimos y las necesidades que producen que nazca la policía en Venezuela, manteniéndonos en este tema en cuestión podemos inferir o mejor, a título personal del autor se pretende hacer unas sugerencias u opiniones desde mi perspectiva, basado en mis conocimientos académicos y experiencia.
También cabe destacar las necesidades y carencias que padecemos la familia policial en Venezuela y siendo obviamente nosotros golpeados fuertemente por los gobiernos de turno ya que no toman o crean verdaderamente políticas eficaces y eficientes que beneficien a este componente armado de carácter civil y profesional. Partiendo de esta idea pudiéramos pasar horas y horas leyendo o escribiendo artículos en mejoras de la policía pero si iniciamos desde lo básico y esencial creo que lo demás vendría por añadidura.
En tal sentido lo primero que tendría cambiar en el sistema de seguridad en Venezuela es el proceso de las jubilaciones y pensiones como primer punto por tiempo de servicios de los funcionarios que deberían de establecerse a partir de los (15) años de servicio sin perjuicios de edad, ya que se sobre entiende que una persona entre las edades comprendida desde los 18 hasta los 35 se consideran una fuerza de trabajo joven, y si ingresas a un cuerpo policial entre los 18 a 20 años de edad se mantendría laborando hasta los 35 año de edad, donde se considera una fuerza de trabajo joven y de aquí en adelante ósea desde los (15) años de servicios en la institución comiencen las escalas de los años de servicio y el sueldo devengado por el funcionario para el disfrute de una pensión en el momento que quiera retirarse de forma digna y honrosa. Y con un seguro que a la hora de cualquier problema de salud pueda tener para cubrir por lo menos los primeros auxilios.
Analizando lo anterior esto sería de gran satisfacción para el personal policial ya que los y nos motivaría a durar mucho tiempo en las instituciones por el benéfico que van a obtener a lo largo de sus años de carrera, conjuntamente con un seguro de vida.

Esto sería la piedra fundamental en el cambio de la seguridad en Venezuela, tengo que hacer mención que así como los militares tienen y gozan de este beneficio nosotros también tenemos el derecho de obtener este beneficio.

Ahora me remito al Capítulo IV, de los Órganos de Seguridad Ciudadana, articulo 332 (CRBV)…”los órgano de seguridad ciudadana son de carácter civil”…, pero donde se responsabiliza al ejecutivo nacional de la organización de un cuerpo Uniformado de Policía Nacional, pero también nos remitimos a los artículos (CRBV) 164, NUMERAL 6 y articulo (CRBV) 178 NUMERAL 7, donde regulan las competencias estadales y municipales en lo concerniente a la actividad policial.

También hay que destacar un extracto de la exposición de motivos de la Ley Orgánica Del Servicio de Policía y del Cuerpo de policía Nacional…”El objeto de la seguridad ciudadana, como función a cargo del estado a través de los órganos de seguridad ciudadana”…”Garantizar la seguridad ciudadana es una función del estado que se ejerce en los ámbitos Nacional, Estadal y Municipal”…”La preocupación demostrada por el estado por erradicar diversas causas y condiciones generadoras de delitos y de otras manifestaciones de conducta delictuales”….

Luego de haber citado estos artículos y la exposición de motivos, de forma muy general vemos como el estado se preocupa por la seguridad ciudadana pero es lamentable no se preocupa por mejorar las condiciones de los funcionarios policiales en cuanto a su seguridad social.

Es necesario hacer notar que realmente tiene que existir una unificación de todas las policías a nivel nacional, para que no afecte en la función policial como por ejemplo en la policía del estado Miranda a nivel de los ascensos, ingresos y de mas actos administrativos dependemos del (MPPRIJP) como órgano rector, pero a nivel de sueldos y demás compensaciones en efectivos pertenecen a la gobernación. Desde mi punto de vista no hay una unificación como tal y este aspecto fundamentalmente se tiene que erradicar o se pertenece al órgano rector completamente o a la gobernación.

Otro aspecto que tiene que ser tomado en cuenta es que el órgano recto como lo es (MPPRIJP) no puede ni debe ser dirigido por personal militar como ha pasado y existe en la actualidad, ya que en nuestras filas existen muchos profesionales preparados, adiestrados y con alta preparación a nivel universitario para dirigir el órgano rector. Ya aquí encontramos otro factor que es preocupante porque nos hablan de unificar pero desde el ejecutivo nacional no hay la voluntad de cumplir con esta unificación, de aquí se deriva los militares en los distintos cargos del órgano rectos y en la dirección de policías a nivel nacional.

Otro factor que debería ser cambiado es la Ley Orgánica Del Servicio de Policía y Del Cuerpo de Policía Nacional, ya con el solo titulo de esta ley se hace notar más la no unificación de los cuerpos de policía dos policías separadas por una (Y) se ve insignificante pero es objeto de revisión para un reordenamiento.

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