TECNICAS
BASICAS DE OPERACIONES POLICIALES
DEFINIR EL SERVICIO DE ORDEN
PÚBLICO, FINES, MISIÓN, VISIÓN Y
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES.
El
servicio de orden público es aquel que presta y ejerce de manera exclusiva
el Estado
Venezolano, a través de todos los cuerpos policiales en todos sus niveles,
esto bajo
las normas y códigos contenidos en las leyes nacionales y las que sean
dictadas
por el órgano director.
La
finalidad del servicio de policía es la prevención de delitos, resguardo y
respuesta
al colectivo
atendiendo a situaciones que creen amenazas, debilidad, riesgo o daño
para su
integridad física, defender el ejercicio de sus derechos, la paz social, la
convivencia
y el cumplimiento de las leyes.
Su misión
es velar por la seguridad de las personas y sus bienes, así como por el
mantenimiento
de la moralidad, salubridad, tránsito y circulación vial, el orden
público,
garantizando a la ciudadanía el pleno disfrute de sus derechos y garantías
constitucionales.
Tiene
como visión ser reconocida como un cuerpo moderno de cercanía a la
colectividad,
con estrategias para la búsqueda de soluciones pacíficas a los problemas
ciudadanos,
especializado por sus buenas prácticas, formada por un capital humano.
Principio de celeridad
Los
cuerpos de policía darán una respuesta oportuna e inmediata para proteger a las
personas
y a las comunidades, de las situaciones que creen amenazas, vulnerabilidad,
riesgo o
daño para su integridad física, a su entorno y sus propiedades.
Principio de información
Es función
de los cuerpos policiales informar a las personas, comunidades, consejos
comunales
y organizaciones comunitarias, sobre su actuación y desempeño, e
intercambiar
la información que a solicitud de los demás órganos y entes de seguridad
ciudadana
les sea requerida.
Principio de eficiencia
Los
cuerpos de policía propenderán al uso racional del talento humano y de los
recursos
materiales y presupuestarios. La asignación de sus recursos se adaptará
ajustadamente
a los requerimientos de su funcionamiento para el logro de sus metas y
objetivos.
Principio de cooperación
Se
desarrollarán actividades para el cumplimiento de los fines y objetivos del
servicio
de
policía, colaborando y cooperando entre sí y con los demás entes de seguridad.
Principio de igualdad
Los
cuerpos de policía prestarán su servicio sin distinción o
discriminación alguna
fundamentada en
la posición económica,
origen étnico, sexo,
idioma, religión,
nacionalidad,
opinión política de las personas.
Principio de imparcialidad
Los
cuerpos de policía serán imparciales y objetivos en el ejercicio de sus
funciones.
Principio de actuación proporcional
Los cuerpos
de policía actuarán
con equilibrio a
la gravedad de
la situación y al
objetivo
legítimo que se persiga, de conformidad con la Constitución de la República
y la ley.
Principio de la participación ciudadana
Se
atenderán las recomendaciones de las comunidades, los consejos comunales y las
organizaciones
comunitarias para el control y mejoramiento del servicio, basado en
los valores
de la solidaridad,
el humanismo y
en los principios
de democracia
participativa, corresponsable y
protagónica establecidos en
la Constitución de la
República.
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO DE ORDEN
PÚBLICO
El Servicio
Policial es de
perfil civil y
profesional, lo cual
se manifiesta
funcionalmente en
su mando, dirección,
estructura, cultura, estrategias,
tácticas,
equipamiento
educación y dotación del personal.
Además de las ya señaladas, tiene las siguientes características:
Público
Primario
Directo
Permanente
Inmediato
Indeclinable
QUÉ ES
SERVICIO POLICIAL, IMPORTANCIA Y TIPOS
El servicio
policial es aquel
que presta el
Estado venezolano, dirigido
a
mantener y
garantizar el libre
ejercicio de las
libertades públicas y
la convivencia
pacífica
de todos los habitantes del territorio Nacional.
Su importancia
radica en hacer
todo lo posible
para evitar las condiciones
que
favorecen las
faltas y los
delitos. Debido a
que la Constitución
prohíbe que los
habitantes
del país se hagan justicia por sí mismos, o que ejerzan violencia para hacer
valer sus
derechos, el estado no puede delegar ni asignar a los particulares ni el uso de
la
fuerza, ni la facultad para que se cumplan las leyes. Por lo tanto, el estado
asume la
responsabilidad
última de que esta función se realice con pleno respeto a los derechos
humanos. El
Estado, a través
de las instituciones
de seguridad pública,
tiene
constitucionalmente
el uso exclusivo de la fuerza para mantener el orden público y
dar
cumplimiento a las leyes y reglamentos.
QUE SON SERVICIOS POLICIALES ORDINARIOS,
EXTRAORDINARIOS
Y ESPECIALES
Servicios ordinarios: Son las actuaciones diarias,
técnicas y coordinadas realizadas
por los
funcionarios policiales y que se ejecutan en situaciones de baja complicación.
Servicios
extraordinarios: Son las
acciones eventuales, coordinadas
y sistemáticas
realizadas por
funcionarios policiales las
cuales requieren de
mayor atención y
especialización, ya
que traspasan las
propias capacidades, habilidades
y
competencias, obligando
así la intervención
coordinada de varios
organismos de
acuerdo a
los criterios establecidos por la ley. También lo son todas aquellas que se
producen
en situaciones de eventos multitudinarios,
de desastre o emergencia, donde
la
capacidad de respuesta de los organismos de atención primaria es sobrepasada.
Servicios especiales: Se remiten a los casos
especiales para delincuentes armados, o
en
situaciones de gran peligro,
narcotráfico, tráfico de
armas ilegales, asesinatos o
fraudes.
QUÉ ES PATRULLAJE POLICIAL, FORMA, MEDIOS,
PROPÓSITOS
El
patrullaje es la acción metódica que realizan los funcionarios de los cuerpos
de policía
al recorrer un
territorio determinado, teniendo
como objetivos, ofrecer
seguridad
a las entidades e instituciones, jurídicas y físicas, garantizar el buen orden
de
convivencia y la prevención de hechos delictivos.
Los tipos de patrullaje se definen según los medios
de movilización utilizados:
Patrullaje
vehicular: Se
realiza mediante automóviles diseñados especialmente
para tal
fin, con el propósito de dar cobertura a extensas áreas de vigilancia y
patrullaje.
Patrullaje en moto: Se efectúa
para realizar un
rápido desplazamiento y
llegada
al lugar de los hechos la cual
en una unidad vehicular no podría ser,
complementando
y cooperando con el resto de los servicios.
Patrullaje
a pie: Es la
acción que cumplen los funcionarios en la vía pública
recorriendo
el sector asignado sin el empleo de ningún medio de transporte.
Su propósito es
establecer un mayor contacto con la comunidad, viendo y
escuchando de
cerca estímulos y
sucesos, lo que
produce acceso a
información
importante para la policía.
Patrullaje
aéreo: es
el sobrevuelo que
realizan en aeronaves los
funcionarios o las
funcionarias
policiales. Éste se caracteriza por cubrir una mayor área de vigilancia y
permitir
el monitoreo de situaciones irregulares desde el aire.
Patrullaje
acuático: es el
recorrido en vehículos
acuáticos que realizan
los
funcionarios
o las funcionarias policiales. Se
caracteriza por cubrir áreas fluviales,
marítimas
y lacustres.
Patrullaje
a caballo:
es el recorrido
sobre semovientes equinos
que realizan los
funcionarios
o las funcionarias policiales en un área predeterminada. Se caracteriza
por el
desplazamiento en áreas montañosas, rurales y de difícil acceso.
Bicicleta:
es el recorrido en bicicleta que realizan los funcionarios o las funcionarias
policiales en
un área predeterminada. Se
realiza en áreas
urbanas, comerciales, de
terrenos
planos y distancias cortas.
DEFINICIÓN
DE PROCEDIMIENTOS POLICIALES,
OBJETIVOS
FUNDAMENTALES
Procedimiento es el modo, forma y orden de comportarse y
llevar acciones,
es el
método de ejecutar
alguna cosa. Un
procedimiento policial, es
el método de
ejecutar
las acciones en general en el cumplimiento de la misión y función Policial.
El
principal objetivo de un procedimiento es el de obtener la mejor forma de
conducir
misión,
considerando los factores del tiempo, condiciones y esfuerzo.
REGLAS SOBRE LA DETENCIÓN CONTENIDAS EN EL COPP
Dice nuestro
COPP que las
autoridades de policiales deberán
detener a los
imputados
en los casos que este código ordena, cumpliendo con distintos principios
de
actuación consagrados en varios numerales que se dictan a continuación
El
numeral 1 del artículo 117 indica que debe hacerse uso de la fuerza sólo cuando
sea estrictamente
necesario y en la proporción
que lo requiera
la ejecución de la
detención.
El
numeral 2 impone el deber de no utilizar armas, excepto cuando haya resistencia
que ponga
en peligro la
vida o la
integridad física de
personas, dentro de las
limitaciones
a que se refiere el ordinal anterior.
El
numeral 3, dispone que no se debe infligir, instigar o tolerar ningún acto de
tortura
u otros
tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la
captura
como durante el tiempo de la detención.
El
numeral 4 nos dice que no se debe presentar a los detenidos a ningún medio de
comunicación
social sin el expreso consentimiento de ellos.
El numeral
5 obliga a
identificarse el funcionario
policial, en el
momento de la
captura,
como agente de la autoridad y cerciorarse
de la identidad de la persona o
personas contra
quienes procedan, no
estando facultados para
capturar a persona
distinta
de aquella a que se refiera la correspondiente orden de detención emanada de
un
tribunal penal. Dice además este numeral, que
la identificación de la
persona a
detener
no se exigirá en los casos de flagrancia.
El
numeral 6, se basa en el informe al detenido acerca de sus derechos
procesales;
significa
leerle y explicarle todo el contenido del artículo 125 del COPP.
El
numeral 7, nos sirve para comunicar a los parientes u otras personas
relacionadas
con el
imputado, el establecimiento en donde se encuentra detenido.
Finalmente,
el numeral 8 es para asentar el lugar, día y hora de la detención en un
acta
inalterable.
TÉCNICAS PARA EL REGISTRO DE PERSONAS Y VEHÍCULOS
Los oficiales de policías deberán actuar con
cautela y respeto al momento de
realizar las inspecciones corporales a las
personas, para esto debemos tomar en cuenta
lo siguiente:
• Intervenir
en pareja o
binomio como mínimo,
para realizar estas
inspecciones e
identificando
el origen que la precedió, es decir, si estamos frente algún tipo de riesgo
desconocido
o alto riesgo.
Cuando se
tenga intención de realizar una inspección, se deberá:
•
Notificar a la COP de la ubicación donde se está.
•
Solicitud de presencia policial (apoyo) cuando lo considere el oficial.
•
Petición del uso restringido o exclusivo de la frecuencia policial.
• Atender
al planteamiento táctico y, sobre todo, a la técnica de revisión corporal en
la cual
se le solicita al ciudadano adoptar una posición restringida de movimientos,
para
hacer dicha inspección.
•
Informarle a la persona con un tono de voz adecuado el motivo de su revisión.
•
Solicitar su documentación personal, para verificarla a través de nuestra
central de
comunicaciones
y esperar que nos informe que está sin novedad.
•
Finalmente, ofrecer disculpas por las molestias causadas.
• Si al
momento de realizar la inspección corporal, se visualiza o detecta algún objeto
criminalístico,
se deberá llevar a cabo ésta en presencia de dos testigos como mínimo,
quienes
constatarán y afirmarán la actuación legal del funcionario.
Cuando
realiza la inspección de vehículos, es importante e indispensable que se tenga
apoyo, y
el propietario o conductor y los testigos estén en el lado opuesto al que se
está
revisando.
ARRESTO
O DETENCIONES (CONCEPTO,
FUNDAMENTOS
CONSTITUCIONALES Y LEGALES
El
arresto o detención es la acción legal llevada a cabo por los funcionarios
policiales en contra de una persona, por una acción que cometió y no tuvo derecho a
realizar; manteniéndole
recluida, una vez que una autoridad judicial ha ordenado su
detención.
El código
penal dicta en
su artículo 17
que el arresto
se cumplirá en los
establecimientos
penitenciarios locales o en los cuarteles de policía.
TÉCNICAS PARA REALIZAR UNA PERSECUCIÓN
En el
seguimiento de un
vehículo se deben
tener en cuenta
una serie de
normas,
estas nos permitirán una mejor maniobrabilidad, visibilidad y dominio
del
objetivo,
tales como:
•
Solicitar apoyo a través de la central de comunicaciones.
•
Informar nuestra ubicación exacta del lugar de los hechos.
•
Informar las características del vehículo y del número de personas a bordo.
• Utilizar
las luces de
emergencia, para alertar
a los ciudadanos
sobre nuestra
presencia.
Si se
trata de vehículos solicitados por robo
o involucrados en algún delito, se deberá
realizar
lo siguiente:
• Coordinar
con otras unidades
del sector y
con las cercanas
al seguimiento, para
realizar
un cierre de calles y avenidas.
• Alertar
a otros cuerpos de
seguridad, para que se integren
al seguimiento en los
casos que
salgan de las jurisdicciones correspondientes.
• Si el
seguimiento se sale del control de los funcionarios, es recomendable abortar el
procedimiento
CLASE
DE PERSECUCIÓN, TÉCNICAS
PARA EJECUTAR UNA
INTERSECCIÓN
De riesgo desconocido:
Son los
más usuales, ya que los realizamos a diario y, constantemente, suelen ser por
infracciones
de tránsito, ingesta de bebidas
alcohólicas, vehículos no aptos para la
circulación,
entre otras.
Técnica:
•
Encender las luces de emergencia para advertir su presencia.
• Dar
instrucciones al conductor a través del megáfono, para realizar la parada.
• Solicitar
apoyo si es
necesario (tener en cuenta número
de tripulantes y zona de
parada).
• Informarle
a la central
de comunicaciones COP
su ubicación exacta
y la falta
cometida
por el infractor.
•
Suministrar a la central de comunicaciones COP las características del vehículo
y la
placa
identificadora del mismo.
•
Realizar una inspección visual sigilosa y breve del escenario.
Hacerle
las indicaciones al conductor: que apague el vehículo, que coloque las llaves
sobre el
techo, que muestre las dos manos por la ventana y abra la puerta con las dos
manos,
que se baje y dé una vuelta de pie,
quedando con la espalda al oficial que
dirige
las instrucciones.
• Pedirle
al ciudadano que
camine en dirección a la patrulla y se entreviste con el
oficial
auxiliar, quien se ubicará, para la entrevista, en el área derecha trasera de
la
patrulla.
•
Solicitar documentos personales y documentos del vehículo.
De alto riesgo:
Se trata
de casos tales como: Cuando se detecten personas armadas a bordo, cuando
exista la
certeza de la ocurrencia de un hecho delictivo o a pocos minutos de haberse
cometido.
Para esto deberá:
•
Solicitar inmediatamente apoyo, a través de la central de comunicaciones COP.
• En
caso de seguimiento,
ir informando la
ubicación del recorrido
exacto; si es
preciso,
especificar puntos de referencias entre
otros.
• Si
el sospechoso se percata
de su presencia, encender las
luces de emergencia
y
girar
instrucciones para lograr la detención del vehículo.
• Elegir
un lugar apropiado
para la detención
del vehículo, al
menos que el
sospechoso
haga una parada fortuita.
• Ubicar
las unidades de apoyo policial estratégicamente.
• Una
vez detenida la
marcha del vehículo,
el oficial actuante
deberá informar al
conductor
que apague el vehículo y coloque las llaves arriba del techo del mismo.
• Ordenarle
que baje del
vehículo y exhiba
si posee algún
objeto de interés
criminalístico
entre su ropa o pertenencias o adheridos a su cuerpo.
• En los
casos en que sean más de dos personas, ordenarles que baje uno por uno y,
por la
misma puerta del conductor, se aplicará el mismo paso anterior.
• Se les
pedirá que se tiendan boca abajo.
• La
aproximación al vehículo se hará ubicando los puntos ciegos del vehículo, para
observar
el interior del mismo.
• Los
oficiales de apoyo
procederán a realizar
la inspección corporal
de los
ciudadanos
y, posteriormente, realizarán la inspección al vehículo.
• Los
oficiales verificarán los documentos personales de los ciudadanos, al igual que
los
documentos del vehículo, a través de la central de comunicaciones COP.
TÉCNICA DE RECORRIDO: TERRESTRE (PEDESTRE Y
VEHICULAR) Y
ACUÁTICO. RECOMENDACIONES PARA EL RECORRIDO
VEHICULAR,
VELOCIDAD
RECOMENDABLE Y ESTRATEGIAS
PARA LA
CONDUCCIÓN.
Recorrido
en vehículo
Límites
de velocidad
La
velocidad a la que se debe circular en
vehículos son las indicadas en las señales
de
reglamentación dispuestas en cada vía y son específicas para las
características de
dicha vía.
Cuando
no existan señales
de reglamentación en
la vía, se
asumen las siguientes
normas:
•
Carreteras: 70 Km/h en el día - 50 Km/h en la noche
•
Autopistas: 90 Km/h velocidad constante en el canal izquierdo: 70 Km/h
velocidad
máxima en
el canal derecho
• Zona
urbana: 40 Km/h
• Zonas
escolares y de seguridad: 15 Km/h
En caso
de lluvia, neblina, humedad en el pavimento u otras circunstancias, se debe
disminuir
la velocidad reglamentaria.
Maniobras de adelantamiento
• Cerciorarse
de que existe línea discontinua entre los canales de doble sentido.
•
Verificar que no exista tráfico en sentido contrario que dificulte la maniobra.
• Observar
que exista suficiente
visibilidad para ejecutar
la maniobra de
adelantamiento.
• Guardar
la suficiente distancia
con el vehículo
que va a
adelantar, cuidando un
frenazo
imprevisto de dicho vehículo.
•
Observar que no existan obstáculos en el campo del vehículo que se va adelantar
o
en el
nuestro.
•
Observar por el espejo retrovisor que no seamos seguidos por muchos
vehículos.
• Cambiar
de velocidad o de marcha por una más potente para ejecutar las maniobra
con
rapidez.
Distancia entre vehículos
Esta
distancia depende del tiempo de reacción del conductor, el tiempo de frenado y
las condiciones
de la vía. A mayor
velocidad debe haber
mayor distancia entre
vehículos.
Conducción
nocturna
Cuando se
conduce de noche
debemos aumentar las
medidas de seguridad.
Entre
estas
medidas están:
• Reducir
la velocidad.
• Manejar
con descanso suficiente y hacer paradas frecuentes.
•
Utilizar las luces altas para mejorar la visibilidad.
• Utilizar
las luces bajas cuando tengamos vehículos en contra sentido evitando el
deslumbramiento
del otro conductor.
CÓMO SE REFLEJA EL USO ADECUADO DEL UNIFORME EN LA VIDA
PROFESIONAL
El
uniforme, es un vestido distintivo que
usan los individuos pertenecientes a
un mismo
cuerpo. Por tal motivo todos los profesionales tienen la responsabilidad de
mantener
y fomentar una imagen adecuada, pues esta es la apariencia visible de una
persona o
profesión, lo que se proyecta
a la sociedad
y ésta a
su vez percibe
de
nosotros. La
utilización de una
vestimenta adecuada, responde
a las normas
y
exigencias
de la profesión, así como el respeto que le tiene a la sociedad.
CUÁL
DEBE SER LA
IMAGEN DE LA
Y EL FUNCIONARIO
DE
SEGURIDAD CIUDADANA ANTE LA CIUDADANÍA.
La UNES
enfatiza la conformación de nuevo(a) funcionario(a) policial, cuya
imagen,
discurso y accionar sean cónsonos con la nueva visión dela funcionaria y el
funcionario policial
bolivariano civil, preventivo
y de proximidad,
inscrito en el
ejemplo
socialista del siglo XXI.
Se debe
cambiar la percepción
social negativa y
adversa que se
tiene del
funcionario policial,
específicamente por las
acciones que suelen
vincularse a un
sin fín
de problemas de corrupción, conductas discrecionales y prácticas clientelares.
CUÁLES
HÁBITOS DE CONSUMO
SOCIALMENTE ACEPTADOS QUE
DEBO PRESCINDIR DURANTE EL SERVICIO.
Consumo
de alcohol
ResponderEliminarCUÁLES HÁBITOS DE CONSUMO SOCIALMENTE ACEPTADOS QUE
DEBO PRESCINDIR DURANTE EL SERVICIO.
Muy buena informacion
ResponderEliminarGracias por la información. Saludos
ResponderEliminarplanificación factor sorpresa
ResponderEliminarnecesito ayuda con la planificación factor sorpresa
ResponderEliminarEl factor sopresa es parte de un elemento. Del plan táctico. Se da en un encuentro policía cuya su aplicación deber ser en todo momento para restringir o aplicar el uso de las fuerza .. va de. La mano delos elemento distancia cobertura ocultamiento restricción y sopresa
EliminarRegistro de vehiculos
ResponderEliminarGRACIAS ME SIRVIO DE MUCHO SOLO LE DI COPIAR Y PEGAR A MI TRABAJO
ResponderEliminarMuy buena información me sirvió de mucho gracias
ResponderEliminarHola necesito saber cual es el concepto de operaciones de control, orden y asistencia
ResponderEliminarSAludos, que es prevención, seguridad preventiva, seguridad represiva y seguridad proactiva?
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